¿Un receptor judicial embargó o anotó cosas en tu casa que no son del deudor? La Tercería de Posesión o Dominio es la herramienta legal clave para demostrar que los bienes pertenecen a otra persona y frenar de inmediato su remate.
1.¿Qué es una Tercería y Para Qué Sirve?
Cuando un receptor judicial acude a un domicilio a realizar un embargo, asume preliminarmente que todo lo que está dentro de la propiedad pertenece al deudor. Si vives en casa de un familiar, arriendas con muebles o compartes hogar, tus pertenencias corren riesgo. Una Tercería es una demanda paralela interpuesta por un tercero (un familiar, pareja o arrendador) para exigirle al tribunal que excluya sus bienes del juicio.
2. Tipos de Tercerías: Posesión vs. Dominio
En los juicios ejecutivos de cobro de deudas en Chile, existen principalmente dos formas de defender los bienes que no son del deudor:
- Tercería de Posesión: Es la más utilizada. Se argumenta que el tercero es el poseedor de las cosas que están en la casa (mediante certificados de residencia, cuentas a su nombre o contrato de arriendo) y que el deudor no vive allí o no es dueño de lo embargado.
- Tercería de Dominio: Requiere acreditar la propiedad absoluta sobre el bien específico mediante documentos legales indiscutibles, como boletas, facturas a nombre del tercero o padrón de vehículos.
- Oportunidad clave: Se debe presentar idealmente apenas se notifica el acta de embargo y antes de que se efectúe el remate de las especies.
3. Requisitos para Salvar tus Pertenencias de un Embargo Ajeno
Para acogerse a una tercería exitosa y evitar la venta en subasta pública, se deben cumplir los siguientes pasos:
Demostrar que el verdadero dueño o poseedor de los bienes habita la propiedad (contrato de arriendo, certificados de residencia, cuentas de servicios básicos a su nombre).
La tercería es una demanda dentro del mismo juicio ejecutivo, por lo que requiere obligatoriamente la representación de un abogado.
Al ser admitida a tramitación con los antecedentes suficientes, la tercería logra paralizar la orden de remate sobre los bienes protegidos.
Preguntas Frecuentes sobre Tercerías y Embargos a Terceros
¿Pueden embargar mis cosas si la deuda es de un familiar o arrendatario anterior?
El receptor judicial asume que los bienes pertenecen a quien vive en el domicilio indicado en la demanda. Si embargan bienes que no son del deudor, se debe interponer una tercería de posesión para liberarlos.
¿Qué documentos sirven para acreditar la tercería de posesión?
Sirven boletas o facturas a nombre del tercero, contratos de arriendo, certificados de residencia, cuentas de servicios a su nombre y prueba testimonial ante el tribunal.
¿Hasta cuándo hay plazo para presentar una tercería?
Se puede interponer desde el momento en que se efectúa la traba de embargo (inventario) y estrictamente antes de que se lleve a cabo el remate público de los bienes.
¿Tus bienes están en riesgo de embargo?
Responde 2 preguntas rápidas para saber si puedes interponer una Tercería:
1. ¿La persona demandada por la deuda vive en el mismo domicilio donde están los bienes?
2. ¿Tienes documentos (cuentas, contrato de arriendo, boletas) a tu nombre en esa dirección?